LA DGII PUBLICA NUEVOS LIMITES PARA LAS TRASACCIONES EN EFECTIVO
Por Bacilio Sánchez, Socio Director SPA CONSULTORES
En cumplimiento del artículo 64 de la Ley núm. 155-17 contra el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) ha publicado la Resolución núm. CONFLAFIT-2025-01, que establece restricciones al uso de efectivo en diversas operaciones.
Estas medidas buscan fortalecer la transparencia y prevenir riesgos asociados al lavado de activos y financiamiento del terrorismo. A continuación, los nuevos límites para transacciones en efectivo:
Principales disposiciones
Inmuebles: Constitución o transmisión de derechos por montos superiores a RD$1,500,000.
Vehículos, aeronaves y embarcaciones: Operaciones por más de RD$800,000.
Relojes, joyas y obras de arte: Transmisiones por encima de RD$700,000.
Juegos de azar y apuestas: Compra de boletos, pago de premios o participación en casinos por más de RD$450,000.
Acciones o partes sociales: Constitución o transmisión por montos superiores a RD$450,000.
Derechos de uso o goce: Sobre bienes mencionados en los literales anteriores, por más de RD$450,000.
Obligaciones para notarios y registradores
Los notarios públicos y registradores, incluyendo los mercantiles, deberán abstenerse de instrumentar o registrar operaciones en efectivo que excedan los límites establecidos, salvo que se presente constancia fehaciente del medio de pago utilizado.
Estas disposiciones refuerzan el compromiso del país con la prevención del lavado de activos y garantizan mayor seguridad en las operaciones comerciales.