LA DGII DISPONE EXENCION ANTICIPOS Y EXENCION IMPUESTO A LOS ACTIVOS PARA LA PYMES
Impuestos Internos ha dado a conocer según la Resolución DGG-AR1-2020-0001, la exención automática del 100% de los anticipos del impuesto sobre la renta desde agosto hasta diciembre 2020 beneficiando de esta forma a las micro y pequeñas empresas (PYMES) con ingresos brutos anuales totales en la declaración jurada de sociedades (IR2) 2019 de hasta de RD$58,314,600.
Se beneficia de esta medida el sector turístico y hotelero sin importar el nivel de los ingresos, cuya actividad económica esté debidamente registrada en la DGII.
Otra facilidad que pueden aprovechar los demás contribuyentes no indicado en la resolución, (personas físicas o jurídicas) que puedan demostrar una reducción de sus ingresos/ventas comparativa 2020-2019 u otras razones podrán solicitar por escrito la exención parcial o total de los anticipos de agosto a diciembre 2020.
Se excluyen de esta resolución las sociedades tenedoras de inmuebles, sin operaciones comerciales, grandes contribuyentes, omisos y sociedades inversión.